07/05/2025
Aumentaron las multas por tercera vez en el año tanto por exceso de velocidad o alcohol al volante, al igual que otras faltas con valores menores.
El gobierno bonaerense incrementó nuevamente los valores de las multas por infracciones de tránsito, los cuales regirán en este bimestre y que están vigentes desde el pasado 1 de mayo.
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El Boletín Oficial de Provincia comunicó la medida y marcó, de momento, la tercera actualización en este 2025. Las anteriores fueron en enero y marzo, por lo que las renovaciones fueron bimestrales. Sin embargo, parece que en el futuro tampoco cambiará esa característica.
El incremento en los valores se debe al valor de la unidad fija (UFs), la cual es la base para el cálculo de las multas. Así pasó de $1452 a $1506. Según informó el Automóvil Club Argentino, estas unidades fijas equivalen a un litro de nafta de mayor octanaje, a lo que cada infracción tiene un rango mínimo y máximo de UFs para aplicar.
Superar la velocidad máxima: de $225.000 a $1.506.000.
Conducir con exceso de alcohol en sangre o por consumir estupefacientes: de $301.200 a $1.506.000
Circular en contramano o por banquina: de $301.200 a $1.506.000
Conducir con la licencia suspendida por ineptitud: de $225.900 a $1.506.000
Circular con más ocupantes de los permitidos por el vehículo: de $225.900 a $753.000
Negarse a mostrar la documentación exigida: de $150.600 a $753.000
Circular sin VTV: de $150.600 a $753.000
Cruzar el semáforo en rojo: de $150.600 a $753.000
Circular con una licencia que no corresponde a la categoría del vehículo: de $150.600 a $753.000
No usar el cinturón de seguridad: de $150.600 a $753.000
Dejar el auto mal estacionado: de $75.300 a $150.600
Circular sin patente: de $75.300 a $150.600
Manejar con la licencia vencida: de $75.300 a $150.600.
Conducir sin seguro: de $75.300 a $150.600
Conducir sin cédula de identificación del vehículo: de $75.300 a $150.600.
Es indispensable cumplir con los siguientes requisitos para circular en territorio bonaerense para evitar las infracciones de tránsito:
Documentación: licencia habilitante de conducir vigente, cédula de identificación de automotor, comprobante de seguro obligatorio vigente y certificado de VTV vigente.
Elementos: cinturones de seguridad, placas de identificación de dominio, matafuego, balizas, sistemas de seguridad originales y casco de seguridad homologado en caso de motovehículos.
Condiciones: el número de ocupantes adecuado a la capacidad del vehículo, menores de 10 años en el asiento trasero en la silla de seguridad acorde a la edad, utilizar las luces bajas encendidas en rutas y autopistas las 24hs
Si se llegará a cometer una infracción, pero el abono de la multa se logra en el periodo del pago voluntario indicado en la primera infracción, se tendrá una bonificación del 50% del valor mínimo de la sanción. El vencimiento está impreso en las actas automáticas. Aunque en las labradas manualmente por la autoridad de comprobación, el plazo se dará a los 30 días hábiles de su confección.
En caso de no abonar la multa, tanto en los plazos indicados o en el pago voluntario, los infractores podrían tener consecuencias financieras y legales. Esto sucede debido a los intereses y recargos que suman al monto original por la falta de pago. Incluso existe la posibilidad de la retención del carnet, el cual no se renovará hasta el saldo de la deuda. Por ende, se perdería el derecho a circular con el auto.
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