28/02/2024
La normativa se aplica a empresas que cumplan dos condiciones: ser grandes contribuyentes debido a sus altos ingresos operativos, y operar en un mercado con un alto grado de concentración.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó el Artículo 136 de la Ley 15479, determinando que el anticipo adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que deben abonar este año los grandes contribuyentes con actividad en sectores económicos concentrados se abonará en una única cuota con vencimiento el 8 de marzo, según se anunció oficialmente.
De acuerdo a lo establecido en la Resolución Normativa 11/24 de ARBA, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, este anticipo adicional afectará a aquellas empresas que cumplan simultáneamente con dos condiciones: ser consideradas grandes contribuyentes debido a sus altos niveles de ingresos operativos y operar en un mercado con un alto grado de concentración.
El monto a abonar por estos contribuyentes será cuatro veces el valor del anticipo de Ingresos Brutos correspondiente a octubre de 2023.
Para aquellos que no hayan presentado declaración jurada o reportado ingresos en dicho mes, el monto adicional se calculará multiplicando por cuatro el importe del último anticipo no prescripto, aumentado en un 70%, según indicaron desde el organismo.
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Además, se comunica que ARBA enviará notificaciones a través del domicilio fiscal electrónico de cada una de las empresas afectadas por la medida, incluyendo el importe a pagar, la fecha de vencimiento y los detalles que certifican su condición de grandes contribuyentes con actividad en un mercado altamente concentrado.
Al respecto, se informó que, "cuando la empresa registre saldos a favor de Ingresos Brutos, la liquidación será emitida por la diferencia que resulte adeudada una vez computados los excedentes registrados por ARBA en la cuenta corriente del contribuyente".
Para obtener la liquidación de pago del anticipo adicional de Ingresos Brutos, se accederá a una aplicación específica que estará disponible en la web www.arba.gob.ar, utilizando claves CUIT y CIT.
Por otro lado, se comunicó que al cumplir con este anticipo adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, las empresas obtendrán una reducción de las alícuotas en todos los regímenes de recaudación. Durante un año a partir del mes siguiente al pago, no se aplicará ningún aumento en las alícuotas en función de las categorías representativas de riesgo fiscal.
Desde la agencia especificaron que el anticipo adicional de Ingresos Brutos afecta a aquellos contribuyentes que tributan en el régimen local o el Convenio Multilateral, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por ARBA. Sin embargo, están exentos de esta obligación las cooperativas, asociaciones civiles sin fines de lucro, empresas y sociedades del Estado o anónimas con participación estatal, mutuales o entes públicos.
De igual manera, se excluye a los contribuyentes que brinden servicios relacionados con la distribución de energía eléctrica, gas natural por red o suministro de agua potable y saneamiento.
Por otro lado, aquellos que no cumplan con esta obligación serán clasificados por la Agencia de Recaudación en la categoría máxima representativa de riesgo fiscal.
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En un comunicado, el organismo de recaudación bonaerense indicó que la normativa que reglamenta el anticipo adicional de Ingresos Brutos subraya que el país se encuentra atravesando una coyuntura especialmente delicada, "con un altísimo grado de incertidumbre respecto del devenir de las principales variables económicas y sociales, no resultando la provincia de Buenos Aires ajena a esta realidad".
En ese contexto, "deviene imperioso contar con herramientas de gestión que le permitan a la Provincia obtener los recursos necesarios para garantizar el funcionamiento del Estado, responder eficazmente a las necesidades de la población y brindar los servicios que son de su competencia", indicaron desde el organismo.
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