19/09/2025
La nueva norma alcanza a accionistas, directores y síndicos de entidades financieras -y a sus familiares-, quienes no podrán operar con dólares financieros durante 90 días después de comprar divisas en el mercado oficial.
El Banco Central dispuso un nuevo endurecimiento del cepo cambiario al extender las restricciones que regían para las empresas a un grupo de personas físicas: quienes ocupan cargos de relevancia en las entidades financieras.
La medida, establecida en la Comunicación A8332, obliga a que cada vez que esos directivos o sus familiares compren dólares en el mercado oficial, queden impedidos de realizar operaciones con dólar MEP o contado con liquidación durante los 90 días subsiguientes.
La nueva norma alcanza a accionistas, directores y síndicos de entidades financieras -y a sus familiares-, quienes no podrán operar con dólares financieros durante 90 días después de comprar divisas en el mercado oficial.
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De esta manera, el BCRA determinó que las empresas deberán presentar una declaración jurada que incluya a accionistas con más del 5% de participación, directores, síndicos o miembros del Consejo de Vigilancia, además de parientes cercanos de esas personas. Allí deberán dejar constancia de que, tras acceder al dólar oficial, no podrán operar con títulos que liquiden en moneda extranjera por un plazo de tres meses.
El Banco Central justificó la decisión en los datos de la Formación de Activos Externos (FAE): desde la flexibilización del cepo en abril, el 47,5% de las operaciones se canalizaron a través de cuentas del exterior, lo que generó preocupación en la autoridad monetaria.
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