10/12/2025
La Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata anuló la tasa creada bajo la gestión de Nelson Sombra por falta de la mayoría agravada requerida para crear tributos municipales. El fallo deja sin efecto el cobro para los productores demandantes y abre la puerta a reclamos de devolución.
El Municipio de Azul sufrió un fuerte traspié judicial luego de que la Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata declarara inválida la "Tasa por Servicios Esenciales", un tributo implementado en 2024 por el intendente Nelson Sombra.
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La medida, cuestionada por entidades rurales y opositores, buscaba ampliar la base de contribuyentes incluyendo a los propietarios de inmuebles rurales, equiparándolos con los frentistas urbanos. Sin embargo, el tribunal consideró que la ordenanza fue aprobada sin la mayoría constitucional necesaria, por lo que su creación resulta inválida.
FALTA DE MAYORÍA AGRAVADA PARA CREAR EL TRIBUTO
Según determinó la Cámara, la norma no adolecía de problemas en su contenido, pero sí en su forma: fue aprobada con 17 votos, cuando la ley exige 19 voluntades afirmativas para crear o aumentar un impuesto municipal. El tribunal remarcó que no puede confundirse quórum con mayoría agravada, ya que son "planos normativos distintos": el primero garantiza la sesión, mientras que el segundo establece el número mínimo indispensable para sancionar válidamente una ordenanza tributaria.
QUÉ PASÓ EN PRIMERA INSTANCIA Y POR QUÉ SE REVERTIÓ
La Cámara intervino tras las apelaciones tanto de los productores rurales como del Municipio. En primera instancia, el juez Contencioso Administrativo de Azul había declarado la "ilegitimidad" de la tasa, pero solo en un 50%, reduciendo a la mitad el monto que debían abonar los demandantes.
Los productores reclamaron la eliminación total del tributo, mientras que el Municipio pretendía reinstalar el cobro completo. Sin embargo, el fallo de la Cámara invalidó toda la tasa y dejó sin materia la discusión anterior: al haberse aprobado sin la mayoría necesaria, no puede aplicarse en ningún porcentaje.
Nelson Sombra, intendente local.
EFECTOS SOBRE LOS CONTRIBUYENTES Y POSIBLES DEVOLUCIONES
El fallo no establece un resarcimiento económico automático. La sentencia se limita a declarar la invalidez de la tasa para los actores, por lo que queda inaplicable respecto de ellos. Si alguno de los demandantes pagó total o parcialmente el tributo durante 2024, la declaración de invalidez habilita el reclamo de devolución, aunque el tribunal no ordena de manera expresa la restitución de lo abonado.
Para recuperar lo pagado, los damnificados deberán iniciar gestiones administrativas ante la Municipalidad o, en caso de no obtener respuesta, promover un juicio de repetición de tributos.
Aunque el fallo constituye un duro golpe político y económico para la gestión local, el Municipio de Azul aún conserva una instancia más: puede recurrir ante la Suprema Corte bonaerense. Allí podría intentar revertir la decisión de la Cámara, aunque la falta de la mayoría agravada requerida es un punto de difícil objeción.
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Mientras tanto, la tasa queda sin efecto para los productores demandantes y se profundiza la controversia en torno a la validez del tributo aprobado en 2024.
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