18/11/2025
Tras el jury realizado en La Plata, la magistrada fue removida por un conjunto de conductas que violaron los deberes del cargo durante el juicio por la muerte de Diego Maradona. El voto de la ministra Hilda Kogan detalló punto por punto las acciones acreditadas y sentó un precedente ético para toda la Justicia bonaerense.
La destitución de la jueza Julieta Makintach quedó sellada luego de que el Jurado de Enjuiciamiento bonaerense reuniera y acreditara nueve conductas consideradas incompatibles con la función judicial. El fallo, encabezado por la ministra de la Suprema Corte bonaerense Hilda Kogan, analizó en profundidad cada una de las acciones vinculadas a la filmación del documental Justicia Divina en plena etapa del juicio por la muerte de Diego Maradona, concluyendo que la magistrada incurrió en una "defección de la buena conducta" exigida por la ley.
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A través de un documento detallado, se expusieron los fundamentos que llevaron a su remoción, la aplicación de cuatro causales legales y la respuesta a cada uno de los argumentos esgrimidos por su defensa.
LAS NUEVE CONDUCTAS QUE SELLARON SU DESTITUCIÓN
El voto de Kogan enumeró los hechos que consideró plenamente probados y que, en conjunto, vulneraron la imparcialidad, la transparencia y la ética funcional exigidas a cualquier magistrado:
Autorización irregular de ingreso a Tribunales un domingo para realizar filmaciones, dos días antes del juicio.
Habilitación clandestina del registro fílmico del debate oral.
Violación de la prohibición expresa de grabar dentro del tribunal.
Abuso de su condición jerárquica para desautorizar al personal policial que intentó frenar la filmación.
Uso indebido de recursos públicos, como instalaciones y personal, para un proyecto ajeno a la función judicial.
Mentiras reiteradas frente a la prensa, las partes y sus colegas.
Negación de los hechos incluso cuando fue confrontada con las pruebas.
Parcialidad manifiesta, que derivó en la nulidad del proceso.
Gravísimo daño a la imagen del Poder Judicial.
Según el fallo, estas conductas no solo vulneraron la normativa vigente, sino que afectaron la confianza social en la administración de justicia.
LAS CAUSALES LEGALES APLICADAS
El Jurado encuadró las acciones en cuatro artículos de la ley 13.661, que regulan el enjuiciamiento de magistrados bonaerenses:
Art. 21 inc. e: Incumplimiento de los deberes del cargo por participar en un proyecto comercial relacionado con un juicio que integraba.
Art. 21 inc. d: Incompetencia o negligencia evidenciada al no prever las consecuencias institucionales de sus actos.
Art. 21 inc. ñ: Actos de parcialidad manifiesta, al no disipar la apariencia de interés propio en el proceso.
Art. 21 inc. f: Hechos incompatibles con la dignidad del cargo, al buscar exposición pública por fuera de la función de impartir justicia.
Para Kogan, el eje central fue que la jueza actuó gestionando un interés propio: un comportamiento prohibido para quien debe garantizar imparcialidad absoluta.
LA RESPUESTA A LOS ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
El fallo también rebatió, punto por punto, los planteos de la defensa de Makintach:
Sobre el ingreso dominical a Tribunales: Lo relevante no es el día ni la formalidad, sino que el acceso fue destinado a grabar escenas privadas para un documental.
Sobre la transmisión oficial del juicio de Maradona: La defensa "equivocó el análisis", ya que la transmisión busca transparencia institucional, mientras que las filmaciones clandestinas alimentaban una narrativa privada.
Sobre la supuesta ausencia de parcialidad: La parcialidad no requiere un fallo irregular, sino cualquier conducta del juez que afecte la apariencia de neutralidad.
El Tribunal destacó además que varias de las declaraciones públicas de la jueza fueron "objetivamente falsas", lo que agravó el perjuicio institucional.
UNA LECCIÓN SOBRE ÉTICA Y TRANSPARENCIA JUDICIAL
El fallo avanzó sobre aspectos éticos que exceden el caso puntual y que, según Kogan, deben ser guía para toda la magistratura bonaerense:
Sobre la honestidad: La veracidad es un deber funcional ineludible.
Sobre la austeridad: Ningún juez puede buscar reconocimiento social a través de la exposición mediática.
Sobre la previsibilidad: Un magistrado debe anticipar el impacto institucional de sus actos.
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La destitución unánime de Makintach deja un mensaje contundente: la Justicia bonaerense no admite zonas grises entre el deber de imparcialidad y la búsqueda de notoriedad personal. La integridad funcional, indicó el fallo, es un estándar permanente que en este caso no fue respetado.
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