18/08/2025
La Justicia Federal de Campana declaró inválido el veto presidencial a la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad. El fallo, aunque limitado al caso de dos menores, sienta un precedente clave que podría multiplicar los reclamos judiciales en todo el país.
Malas noticias para la gestión de Javier Milei, mientras se rearma una disputada semana en Congreso y luego de la presentación de listas de cara a octubre, el juez Adrián González Charvay, a cargo del Juzgado Federal de Campana, declaró la invalidez del Artículo 3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo vetó de manera total la Ley de Emergencia en Discapacidad.
La decisión judicial responde a un amparo presentado por dos personas contra el Estado Nacional, y según aclaró la periodista Vanesa Petrillo al difundir la sentencia, los efectos de la medida se limitan únicamente al caso concreto.
La justicia falló a favor de la Ley de Emergencia en Discapacidad.
REVÉS PARA EL GOBIERNO
La resolución beneficia de manera directa a dos menores de edad, identificados con las iniciales B.N. e Y.N., quienes volverán a recibir las prestaciones que garantizaba la ley vetada.
Amparo a favor: La Justicia hizo lugar parcialmente al recurso presentado por O.G.J. y D.R.N.
Orden a la obra social: Se dispuso que la obra social de los menores adecúe sus prestaciones en línea con la normativa restituida.
Costas a cargo del Estado: El fallo impuso que el Estado Nacional afronte los costos del proceso judicial.
Cuando vetó la norma, el Ejecutivo argumentó que la aplicación de la ley tendría un impacto fiscal significativo. Según los cálculos oficiales, implicaría un gasto equivalente al 0,22% al 0,42% del PBI, sin fuentes de financiamiento definidas.
El Gobierno sostuvo que su puesta en marcha podría afectar la sostenibilidad de las cuentas públicas en un contexto de ajuste fiscal, motivo por el cual resolvió rechazar la norma en su totalidad.
Revés para el Gobierno en la búsqueda de "déficit cero".
POSIBLE APELACIÓN Y REPERCUSIONES
Si bien el Gobierno aún puede apelar la decisión, el fallo marca la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en esta materia.
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De confirmarse en instancias superiores, el precedente podría abrir la puerta a nuevas presentaciones judiciales en otros tribunales del país, reavivando el debate en torno al alcance de la ley y al rol del Congreso frente a los vetos presidenciales.
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