30/06/2025

Nacionales

Los fiscales federales de Vialidad apelaron la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner: "Es un privilegio"

Diego Luciani y Sergio Mola presentaron sus argumentos con la intención de que la expresidenta vaya a una cárcel.

Los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola apelaron el arresto domiciliario de la exmandataria Cristina Fernández de Kirchner, el cual se estableció por la condena a seis años por la causa Vialidad, y pidieron que vaya a una cárcel.

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"La domiciliaria es un privilegio", argumentaron los fiscales, quienes manifestaron que había una falta de igualdad ante la ley. "Este Ministerio Público, como titular de la acción pública, tiene un interés en que las penas dictadas por su impulso en casos graves de corrupción pública se cumplan como corresponde en los establecimientos carcelarios establecidos al efecto. Además, cabe agregar que existe un gravamen concreto y actual que bien puede considerarse de imposible, insuficiente, muy dificultosa o tardía reparación ulterior", plantearon.

"Jamás existieron motivos reales para apartarse de lo que constituye una clara regla del Código Penal y de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad: la pena de prisión debe cumplirse dentro de un establecimiento penitenciario", insistieron Luciani y Mora.

"A partir del análisis de las constancias agregadas al expediente y de la presentación analizada, no se advertían las razones humanitarias que justificaran conceder una medida excepcional como lo es la prisión domiciliaria", mencionaron los fiscales. "No se encontraban configuradas ni esgrimidas razones de salud o razones personales que, vinculadas a la edad", explicaron.

La expresidenta Cristina Kirchner cumple en su casa con una condena a seis años de prisión. (Foto: EFE/Julieta Barrera).

Los argumentos de la fiscalía para apelar la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner

  • "La prisión domiciliaria concedida en la calle San José 1111 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es un desatino más de los tantos desaciertos que ha llevado adelante el tribunal de ejecución desde el momento en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la sentencia condenatoria".

  • "La resolución del tribunal tiene un fundamento aparente y se ha apartado de manera arbitraria de los sólidos argumentos de estos fiscales. Además, le dio a Cristina Kirchner un trato desigual frente a los otros ocho condenados, que efectivamente se presentaron ante los estrados del Tribunal, fueron detenidos y trasladados a distintas unidades de detención".

  • "No se ha demostrado que las condiciones de alojamiento en una unidad penitenciaria supongan un trato inhumano, indigno o cruel para Cristina Kirchner. En razón de ello, concluimos que la sola circunstancia de su edad no habilitaba la morigeración de la modalidad del cumplimiento de la pena impuesta en la sentencia de condena".

  • "El Ministerio de Seguridad le informó al tribunal diversas alternativas para el alojamiento de Cristina Kirchner que mitigaban todo tipo de riesgo o vulneración del entorno de seguridad de la expresidenta, y le ofrecían, un entorno controlado y alejado de posibles concentraciones masivas o conglomerados de individuos en el exterior de la edificación".

  • "La seguridad personal de Cristina Kirchner que aparentemente buscaba preservar el tribunal a través de la concesión de la prisión domiciliaria en la vivienda fue lo que finalmente acabó poniéndose en riesgo pese a las advertencias y oposiciones no solo de esta parte, sino de otros organismos oficiales".

  • "Concretamente, es necesario que el tribunal de casación declare que no existe impedimento real alguno para que Cristina Kirchner cumpla intramuros la pena que se le impuso. Su situación (sin dejar de ponderar las particularidades que presenta cada una de las personas condenadas) no difiere en nada de la de los otros ocho condenados en este proceso, que se han presentado a cumplir la pena y fueron alojados en diferentes dependencias del Servicio Penitenciario Federal".

  • "Esta situación anómala termina convalidando una prerrogativa contraria a la igualdad ante la ley (art. 16 CN), que asume la forma de un privilegio indebido para Cristina Kirchner en desmedro de los demás condenados en esta causa".

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