20/02/2026
La Cámara de Diputados dio luz verde a un paquete de reformas que busca reconfigurar el mercado de trabajo en Argentina. Con el foco puesto en la flexibilidad operativa y la reducción de costos indemnizatorios, el proyecto regresa ahora al Senado para su sanción definitiva.
Con el foco puesto en la flexibilidad operativa y la reducción de costos indemnizatorios, el proyecto regresa ahora al Senado para su sanción definitiva.. Punto por punto las modificaciones que impactarán en la vida diaria de trabajadores y empresas.
La reforma introduce el concepto de Salario Dinámico, permitiendo que una parte de la remuneración esté atada a la productividad o desempeño, negociable incluso de forma individual. Además, se formaliza el pago en moneda extranjera.
Pagos Variables: Se podrán sumar adicionales fijos o variables por fuera de la base paritaria, decididos por el empleador o por acuerdo mutuo.
Divisas: El empleador queda facultado para pagar sueldos en dólares u otras monedas, además de los pagos en especie (vivienda o comida) ya existentes.
Este es uno de los cambios más profundos en la organización del tiempo de trabajo. El sistema de horas extra tradicional podrá ser reemplazado por un esquema de compensación.
Flexibilidad Semanal: Si un día trabajás más horas (hasta un máximo de 12), esas horas no se pagan como extra con recargo, sino que se "guardan" para salir antes otro día o tomarte un franco compensatorio.
Descanso: Se mantiene la obligatoriedad de 12 horas de descanso entre jornadas.
El Gobierno busca reducir la incertidumbre financiera de las empresas al momento de un despido mediante la creación de un fondo específico y un cambio en la base de cálculo.
Exclusiones del cálculo: Para la indemnización por despido sin causa, ya no se contarán el aguinaldo (SAC), las vacaciones no gozadas ni los premios que no sean de pago mensual.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Es un fondo inembargable que funcionará como seguro.
Grandes empresas: Aportan el 1% mensual.
PyMEs: Aportan el 2,5% mensual.
Beneficio: Lo que aporten al FAL se descuenta de lo que pagan de cargas sociales (ANSES).
Juicios en cuotas: Las sentencias judiciales se podrán pagar en hasta 6 cuotas (12 para PyMEs) actualizadas por IPC + 3% anual.

La reforma debilita la "ultraactividad" y limita la capacidad de protesta en sectores críticos.
Fin de la Ultraactividad: Si un convenio colectivo vence y no se firma uno nuevo, solo se mantienen las condiciones de trabajo, pero caen otros beneficios gremiales.
Servicios Esenciales y Trascendentales: Se restringe la huelga obligando a garantizar guardias mínimas:
Esenciales (75% de cobertura): Salud, educación, energía, telecomunicaciones.
Trascendentales (50% de cobertura): Transporte, bancos, alimentos, comercio exterior.
Tope de Cuota: El aporte solidario a sindicatos (para no afiliados) tendrá un techo del 2%.
Fraccionamiento: Las vacaciones se podrán dividir en períodos mínimos de 7 días (antes era de un tirón).
Reset de Antigüedad: Si un trabajador deja una empresa y vuelve después de 2 años, pierde el cómputo de la antigüedad anterior.
Se crea el Régimen de Inversiones para Medianas Inversiones (RIMI), que ofrece beneficios fiscales para nuevos proyectos de entre USD 150.000 y USD 9.000.000, incluyendo la amortización acelerada de Ganancias y devolución anticipada de IVA.
Tercerizados: Se elimina la "responsabilidad solidaria". Si una empresa contrata a otra, los empleados son responsabilidad exclusiva de quien los registró.
Bloqueos: Impedir el ingreso a una fábrica o afectar la libertad de quienes quieren trabajar será considerado una "infracción muy grave", facilitando despidos con causa y sanciones gremiales.
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