01/03/2026
Una de las modificaciones más polémicas de la reforma laboral permite acumular tiempo trabajado para uso futuro en lugar de cobrar adicionales. Reemplaza el pago automático de horas extras por tiempo libre compensatorio.
El Banco de Horas reemplaza el pago automático de horas extras por tiempo libre compensatorio.
El acuerdo podrá pactarse individualmente entre empleador y empleado.
Ya no será necesario contar con un convenio colectivo para implementarlo.
El sistema exige formalización escrita y registro de control de horas.
La reforma no elimina las horas extras ni sus recargos legales; crea una alternativa.
La reforma laboral que impulsa el Gobierno argentino introduce un nuevo mecanismo denominado "Banco de Horas", que modifica el artículo 197 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Bajo este régimen, el tiempo trabajado por fuera de la jornada legal no se liquidará de forma automática con los recargos del 50 % o 100 % habituales. En lugar de eso, esas horas se acumularán en un registro especial para poder usarse posteriormente como descansos compensatorios o reducciones de jornada en otros días.
El cambio más profundo respecto a normativas previas es la posibilidad de acordar el Banco de Horas de forma voluntaria e individual entre empleador y trabajador. Antes, ese esquema solo podía surgir de una discusión paritaria y un convenio colectivo. Con la reforma, se elimina esa exclusividad, lo que puede reducir el peso de las negociaciones gremiales en este punto específico de la relación laboral.
Para que un Banco de Horas sea legal dentro del nuevo marco, se deberán respetar varios requisitos formales:
Formalización por escrito, con el acuerdo firmado por las partes.
Registro de control que permita contabilizar las horas trabajadas y las disponibles para compensación.
Límites máximos de acumulación establecidos en el acuerdo.
Respeto a los descansos mínimos legales entre jornadas.
Desde el punto de vista operativo, el Banco de Horas puede brindar a las empresas mayor capacidad de adaptación ante picos de demanda sin incurrir en costos financieros inmediatos por horas extras pagas. Para los trabajadores, la opción de acumular horas para descanso puede ofrecer mayor libertad de gestión del tiempo personal, aunque también existe debate sobre si la firma de acuerdos individuales se hará en condiciones de verdadera equidad dada la relación de poder laboral.
Es importante aclarar que esta reforma no deroga las horas extras ni sus recargos legales tradicionales; simplemente crea una alternativa de administración horaria que, si no se gestiona con registros estrictos, podría derivar en litigios por el cumplimiento de la devolución de descansos.
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