20/04/2026
El Tribunal Oral N°14 condenó a Felipe Pettinato a tres años de prisión en suspenso por "incendio culposo seguido de muerte" en el caso del fallecimiento del médico Melchor Rodrigo. La pena incluye otra condena previa por abuso sexual, pero no implica cumplimiento efectivo en la cárcel.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°14 condenó a Felipe Pettinato a tres años de prisión en suspenso por el delito de incendio culposo seguido de muerte, en el marco del fallecimiento de su neurólogo, Melchor Rodrigo.
La sentencia, dictada por los jueces Enrique Gamboa, Gabriel Vega y Gustavo Valle, implica que el acusado no irá preso, pero deberá cumplir una serie de condiciones:
Además, el fallo incorpora una condena previa de nueve meses de prisión por abuso sexual simple, dictada en abril de 2024.
Durante el juicio, la fiscalía había solicitado una pena de cuatro años y siete meses de prisión, mientras que la querella pidió una condena mucho más severa: 15 años. Por su parte, la defensa había reclamado la absolución.
Inicialmente, Pettinato estaba imputado por "estrago doloso seguido de muerte", un delito con penas de entre 8 y 20 años. Sin embargo, el tribunal consideró que correspondía la figura de incendio culposo, que implica una responsabilidad sin intención directa.
Desde el ámbito judicial explican que este tipo de calificación penal se aplica cuando el hecho ocurre por negligencia o imprudencia, sin voluntad de provocar el resultado fatal.
El hecho ocurrió el 16 de mayo de 2022 en un departamento ubicado en el barrio porteño de Belgrano, donde Pettinato vivía en un piso 22.
Según la reconstrucción del caso, el médico se encontraba en el lugar cuando, cerca de las 23 horas, se desató un incendio en el living del departamento.
Pettinato logró salir y pedir ayuda a los vecinos, pero cuando llegaron los bomberos encontraron el cuerpo sin vida de Rodrigo con quemaduras gravísimas.
La autopsia determinó que la víctima murió por quemaduras en el 90% del cuerpo, además de lesiones pulmonares provocadas por la inhalación de humo.
Una vez que la condena quede firme, se avanzará con la extracción de sangre del condenado para incorporar su perfil al Registro Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley 26.879.
En paralelo, deberá continuar con su tratamiento y cumplir las reglas de conducta impuestas por la Justicia para evitar que la pena en suspenso se transforme en efectiva.
El caso tuvo una fuerte repercusión mediática desde el inicio, no solo por la gravedad del hecho, sino también por el perfil público del acusado.
La decisión judicial de aplicar una condena en suspenso seguramente volverá a generar debate sobre los criterios de la Justicia en este tipo de causas, especialmente cuando hay una muerte involucrada.
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20 de abril de 2026
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