31/08/2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fijó nuevas disposiciones para respaldar operaciones de responsables inscriptos, exentos y pequeños contribuyentes. El cronograma de implementación se pondrá en marcha a partir de noviembre
El organismo recaudador dio un nuevo paso en la digitalización de los procesos de fiscalización y control fiscal en todo el territorio nacional. A través de la oficialización de una nueva normativa, se extendió la exigencia de emisión de comprobantes digitales a sectores y contribuyentes que aún mantenían modalidades físicas o regímenes especiales. La medida provocó repercusión en el ámbito contable y fiscal tras confirmarse que

El nuevo esquema alcanza a una gama más amplia de actores económicos con el objetivo de unificar los criterios de respaldo documental:
Monotributistas y pequeños contribuyentes: La normativa contempla especialmente a monotributistas y pequeños contribuyentes del Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, a quienes el organismo les habilitará puntos de venta específicos dentro del servicio "Comprobantes en Línea".
Cronograma general: La exigencia entrará en vigencia general el 1º de noviembre de 2026. Para el caso de aquellos sujetos no alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), la obligatoriedad comenzará el 1º de marzo de 2027.
Restricción de talonarios impresos: Una vez implementadas las fechas límite, los talonarios de facturas impresas en papel con autorización vigente solo podrán utilizarse de manera excepcional ante contingencias técnicas.
Desde la conducción de ARCA argumentaron que los cambios buscan garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones comerciales, reducir los costos administrativos del papel y combatir la informalidad tributaria.
Asimismo, el organismo aclaró que las herramientas informáticas habilitadas en la web oficial permitirán a los usuarios gestionar la facturación desde dispositivos móviles o computadoras de manera ágil, mientras que los contadores deberán adaptar los puntos de venta habilitados para cada domicilio fiscal antes del vencimiento de los plazos normativos.
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