08/09/2026
La magistrada a cargo de la resolución cautelar defendió su fallo frente a las severas críticas formuladas por el Poder Ejecutivo. Argumentó inconsistencias normativas con tratados internacionales y fallas en la implementación logística dentro del sistema penitenciario.
El áspero contrapunto político e institucional desatado tras el freno judicial a la reforma del sistema de responsabilidad penal para menores sumó un testimonio crucial. Luego de varios días de fuertes cuestionamientos vertidos por funcionarios nacionales e integrantes de las fuerzas de seguridad, la titular del juzgado interviniente decidió fundamentar públicamente los alcances de su dictamen cautelar. La discusión institucional tomó mayor volumen luego de conocerse que

La magistrada a cargo de la resolución cautelar defendió su fallo frente a las severas críticas formuladas por el Poder Ejecutivo. Argumentó inconsistencias normativas con tratados internacionales y fallas en la implementación logística dentro del sistema penitenciario.
En sus declaraciones y en los considerandos de la resolución, la jueza enumeró los pilares técnicos que motivaron la medida de no innovar:
Incompatibilidad convencional: Argumentó que la baja de la edad de imputabilidad colisiona directamente con el principio de no regresividad establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de rango constitucional.
Carencia de establecimientos especializados: Subrayó que el Estado no acreditó la infraestructura ni los dispositivos de contención adecuados para albergar a menores bajo regímenes cerrados sin mezclarlos con la población penal adulta.
Carácter provisorio: Aclaró que la suspensión rige hasta tanto el Congreso y las carteras ejecutivas subsanen las lagunas operativas y adecuen los protocolos a los estándares internacionales vigentes.
Desde el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Seguridad confirmaron que ya fue presentada la apelación correspondiente ante la Cámara Federal para revertir el fallo de primera instancia y poner en vigencia el nuevo marco normativo.
Entretanto, la decisión de la magistrada mantiene en suspenso la aplicación de las modificaciones procesales para menores punibles, abriendo una instancia de revisión de elevado impacto en los tres poderes del Estado.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
7 de septiembre de 2026
7 de septiembre de 2026
7 de septiembre de 2026
7 de septiembre de 2026
7 de septiembre de 2026