05/08/2026
El dirigente sindical recuperó la libertad en las últimas horas por orden del juzgado interviniente. La medida se tomó luego de que la joven ratificara en la sede fiscal que no existieron agresiones físicas durante la discusión en la vía pública.
Las actuaciones judiciales iniciadas tras el tenso procedimiento desplegado en el barrio de Belgrano registraron una novedad procesal determinante. Tras permanecer detenido a disposición del fuero penal porteño mientras se completaban los peritajes de rigor, la situación legal del exdiputado nacional dio un vuelco decisivo. La atención sobre el expediente cambió de curso tras confirmarse que la Justicia ordenó la liberación de Facundo Moyano al no constatarse agresiones físicas.
La decisión del magistrado a cargo del expediente se apoyó fundamentalmente en los dichos brindados por Candela Arizaga durante su ratificación testimonial. La joven descartó enfáticamente haber sido víctima de violencia de género o lesiones por parte del dirigente, enmarcando lo sucedido en un altercado verbal que derivó en una crisis de nervios momentánea.

El dirigente sindical recuperó la libertad en las últimas horas por orden del juzgado interviniente. La medida se tomó luego de que la joven ratificara en la sede fiscal que no existieron agresiones físicas durante la discusión en la vía pública.
Al no existir denuncias penales cruzadas ni elementos de prueba que acrediten la comisión de un delito de acción pública, el fiscal consideró que no existían riesgos procesales de fuga ni de entorpecimiento de la causa. En consecuencia, se dispuso la inmediata soltura de Moyano, fijando el cese de las medidas cautelares privativas de la libertad dictadas durante el procedimiento inicial.
Pese a conceder la excarcelación, la fiscalía mantiene abiertas las actuaciones de oficio a la espera del resultado de los análisis técnicos encargados sobre las cámaras de seguridad del edificio de la Avenida del Libertador y de la vía pública. Estas grabaciones permitirán cerrar definitivamente el sumario administrativo y corroborar que la reconstrucción del hecho coincida con las declaraciones aportadas por los involucrados.
El entorno legal del dirigente sindical remarcó que las actuaciones demuestran la inexistencia de hechos punibles, mientras que las autoridades judiciales avanzan con el cierre de las actuaciones protocolares correspondientes antes de disponer el archivo definitivo de la causa.
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