03/07/2026
El organismo recaudador ultima los detalles administrativos para oficializar los nuevos topes de facturación y los valores de los aportes mensuales. El ajuste responde a la actualización automática semestral por inflación contemplada en la normativa vigente.
Los millones de pequeños contribuyentes y trabajadores independientes que forman parte del régimen simplificado aguardan con expectativa las definiciones del fisco de cara al inicio del segundo semestre del año. Con la llegada del séptimo mes del calendario, se activa de manera formal el proceso de recategorización obligatoria, un período donde cada monotributista debe evaluar su nivel de ingresos acumulados para determinar su posición fiscal. En este contexto de reordenamiento fiscal, la Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA) avanza con el esquema del nuevo monotributo, definiendo el momento en que se anunciarán las escalas y el importe que tendrán las cuotas desde julio.
La Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) trabaja en la instrumentación técnica de las tablas que regirán para la segunda mitad del año fiscal:
Mecanismo de ajuste semestral: De acuerdo con la legislación vigente, los topes de facturación máxima permitida para cada una de las categorías y el importe de los componentes impositivos, previsionales y de obra social se indexan tomando como referencia la evolución del Índice de Precios al Coumsumidor (IPC).
Fecha límite para el anuncio oficial: Las autoridades fiscales prevén publicar las tablas definitivas y habilitar el sistema informático en los próximos días de julio, otorgando un margen de tiempo prudencial para que los usuarios realicen el trámite de recategorización que vence hacia finales de mes.
El impacto en el bolsillo de los contribuyentes: Si bien la suba de los topes de facturación brinda un "alivio" al evitar que los comerciantes pasen de forma prematura al Régimen General (Autónomos), vendrá acompañada de un incremento proporcional en el valor de la cuota fija mensual que se debita de forma automática.
Una vez que el organismo recaudador publique las planillas oficiales con los nuevos montos de las escalas, los monotributistas deberán cumplir con los siguientes pasos:
Cálculo de la facturación acumulada: Los contribuyentes deben sumar los montos brutos de todas las facturas electrónicas emitidas durante los últimos 12 meses (desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio de este año).
Evaluación de parámetros físicos: Además de los ingresos en pesos, se deben cotejar las variables de energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad comercial según los nuevos límites fijados.
Confirmación o modificación de categoría: En caso de que los ingresos hayan superado o quedado por debajo de los límites de su categoría actual, el usuario deberá ingresar con su Clave Fiscal al portal del Monotributo para modificar su estatus; de lo contrario, si se mantienen en el mismo rango, el sistema mantendrá sus datos estables
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