26/05/2026
El Gobierno dejó sin efecto el régimen de compensaciones económicas que el Estado pagaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos para personas con discapacidad, trasplantadas o en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
La Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte aclara que el derecho a viajar gratis sigue vigente y deberá ser garantizado por las empresas. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte tendrá que controlar el cumplimiento de esas obligaciones, aunque las compañías ya no recibirán pagos estatales por esos boletos.
La normativa dejó sin efecto el mecanismo de compensación que estaba vigente desde 2018 y alcanzaba a empresas de transporte automotor interurbano y de larga distancia. Según el Gobierno, la medida busca avanzar en un esquema de 'desregulación y simplificación administrativa' del sistema de transporte.
Qué cambia con la eliminación de compensaciones al transporte por discapacidad
La resolución derogó un régimen mediante el cual las empresas podían recibir compensaciones económicas por los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad, en cumplimiento de la Ley 22.431.
El sistema había sido implementado para cubrir parte de los costos que implicaban los traslados gratuitos obligatorios en servicios de larga distancia. Con la nueva medida, las empresas seguirán obligadas a otorgar pasajes gratuitos, aunque dejarán de percibir reintegros del Estado nacional.
La Secretaría de Transporte argumentó que el esquema anterior presentaba 'distorsiones' y señaló que las compensaciones generaban 'ineficiencias administrativas y presupuestarias'.
Tras conocerse la medida, cámaras empresarias del transporte expresaron preocupación por el impacto económico que podría generar la eliminación de compensaciones estatales.
Representantes del sector señalaron que los pasajes gratuitos continuarán vigentes porque están garantizados por ley, aunque advirtieron sobre el costo operativo que implicará sostener el sistema sin asistencia económica del Estado nacional.
En paralelo, organizaciones vinculadas a personas con discapacidad manifestaron preocupación por posibles dificultades para acceder a pasajes en servicios de larga distancia.
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La medida fue publicada en el boletín oficial e incluye a transportes de corta, media y larga distancia.
La Ley 22.431 establece que las personas con discapacidad tienen derecho a viajar gratuitamente en servicios de transporte colectivo terrestre sometidos al control de autoridad nacional.
El beneficio incluye servicios de corta, media y larga distancia y contempla también el traslado de acompañantes en determinados casos establecidos por el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
La resolución publicada por el Gobierno no modificó el derecho de acceso gratuito al transporte para personas con discapacidad, sino únicamente el esquema de compensaciones económicas a las empresas.
La eliminación de estas compensaciones forma parte de la política de reducción del gasto público impulsada por el Gobierno nacional desde la llegada de Javier Milei a la presidencia de Argentina.
Durante los últimos meses, la administración nacional avanzó con recortes de subsidios, reestructuración de organismos estatales y modificaciones en distintos programas vinculados al transporte y la asistencia social.
El Ministerio de Economía y la Secretaría de Transporte sostienen que las medidas buscan reducir el déficit fiscal y reorganizar el sistema de subsidios estatales.
La decisión del Gobierno nacional modifica el esquema de financiamiento del sistema de pasajes gratuitos para personas con discapacidad en Argentina. Aunque el derecho al transporte gratuito continúa vigente por ley, la eliminación de compensaciones estatales podría generar tensión entre empresas transportistas y organismos oficiales por el costo operativo de los servicios de larga distancia.
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