22/05/2026
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad de las elecciones realizadas en la seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) y también dejó sin efecto la elección nacional que consagró a Abel Furlán como secretario general del sindicato.
Además, el tribunal dispuso el cese inmediato de toda la conducción gremial y ordenó una intervención judicial por un plazo de 180 días.
La resolución surgió a partir de una presentación realizada por la Lista Naranja de la seccional Campana, que denunció irregularidades durante el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.
Los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González sostuvieron que el mecanismo implementado 'no garantizó una elección confiable, segura ni transparente'.
Según la sentencia, durante las jornadas de votación las urnas permanecieron bajo control exclusivo de la Junta Electoral seccional dentro de la sede sindical y sin controles suficientes sobre la custodia de los votos.
El tribunal remarcó que una elección sindical debería desarrollarse en una sola jornada, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas.
En ese marco, cuestionó la extensión de la votación durante tres días y señaló que no existieron mecanismos reforzados de control.
También calificó de 'inaceptable e irrazonable' la propuesta dirigida a fiscales opositores para que permanecieran durante la noche dentro de la sede sindical con el objetivo de custodiar las urnas.
La Cámara resolvió invalidar tanto la elección de autoridades en Campana como la designación de representantes que luego participaron del Colegio Electoral encargado de elegir al secretario general nacional de la UOM.
'Si el Colegio Electoral se encontró deficientemente conformado nunca pudo haber elegido válidamente al Secretario General Nacional', sostuvo el fallo.
A partir de esa definición, la Justicia dejó sin efecto la designación de Abel Furlán y de toda la conducción nacional del gremio.
La sentencia también declaró que la organización sindical quedó 'acéfala', debido a que los mandatos anteriores vencieron el 22 de marzo y las nuevas autoridades quedaron invalidadas.
Frente a ese escenario, el tribunal dispuso la intervención judicial de la UOM a nivel nacional y en la seccional Campana.
El abogado Alberto Biglieri fue designado como interventor y tendrá a su cargo la convocatoria a nuevas elecciones dentro de los próximos 180 días.
Otro de los puntos señalados por los magistrados aparece vinculado a la medida cautelar dictada previamente por la misma Sala, que suspendía la elección nacional prevista para el 18 de marzo.
Según el fallo, la UOM recibió notificación formal de esa resolución y avanzó igualmente con el proceso electoral.
La sentencia además remarcó que, tras el decreto 342/2025, el Poder Judicial asumió un rol más relevante en el control de legalidad de las elecciones internas sindicales.
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22 de mayo de 2026