17/03/2026
El beneficio está destinado a trabajadores despedidos sin justa causa o por finalización de contrato. Durante 2025, el programa alcanzó a más de 150.000 beneficiarios que buscan reinsertarse en el mercado laboral.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa con el pago de la prestación económica por desempleo, un sostén temporal diseñado para acompañar a los trabajadores en relación de dependencia que han perdido su fuente de ingresos por causas ajenas a su voluntad.

El beneficio está destinado a trabajadores despedidos sin justa causa o por finalización de contrato.
¿Quiénes pueden acceder y qué requisitos deben cumplir?
La prestación varía según la modalidad de contratación previa y el historial de aportes del trabajador:
Trabajadores permanentes: Deben registrar al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años anteriores al despido.
Trabajadores de la construcción: Se les exige un mínimo de 8 meses de aportes en los últimos 2 años.
Trabajadores eventuales o de temporada: Deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años, pero con más de 90 días de aportes en el último año.
El pago no es una suma fija, sino que se calcula en función de los ingresos percibidos durante el último empleo y la cantidad de meses aportados.
Cuotas: Los trabajadores bajo régimen general perciben entre 2 y 12 cuotas, mientras que los de la construcción reciben entre 3 y 8.
Mayores de 45 años: El sistema otorga automáticamente una extensión de 6 meses adicionales de cobro para facilitar la reinserción en una franja etaria de mayor complejidad laboral.
Más allá de la suma mensual, el titular del seguro de desempleo mantiene el derecho a la seguridad social y familiar, incluyendo:
Asignaciones Familiares: Pago por hijo, prenatal y ayuda escolar anual.
Asignaciones de Pago Único: Montos por matrimonio, nacimiento o adopción.
Cobertura de Salud: Se mantiene la obra social durante el período de cobro.
Para iniciar la gestión, el interesado cuenta con 90 días hábiles desde la fecha del despido. Es indispensable presentar el DNI y el documento que acredite el cese laboral (Telegrama de despido, carta documento o contrato vencido).
Modalidad Virtual: A través de "Atención Virtual" en la web de ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social.
Modalidad Presencial: En cualquier oficina del organismo solicitando turno previo.
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