14/08/2025

Nacionales

Frenan por seis meses el DNU que permite cortar el agua a quienes no pagan

La jueza Martina Forns dispuso la medida en todo el país y ordenó restituir el servicio en hogares con menores, adultos mayores o personas con discapacidad.

La jueza federal de San Martín, Martina Forns, resolvió este jueves suspender por un plazo de seis meses la aplicación del decreto que autoriza interrumpir el suministro de agua potable y el servicio cloacal en viviendas familiares por falta de pago. La decisión surge a partir de una medida cautelar presentada por una asociación de defensa del consumidor.

La orden judicial alcanza a varios artículos del DNU 493/2025 y se extiende a todos los domicilios donde se contemple la interrupción del servicio. Durante este período, el expediente seguirá su curso para definir la cuestión de fondo, informaron fuentes vinculadas al caso.

En su resolución, Forns advirtió sobre el impacto que puede generar la falta de agua en sectores vulnerables, como niños, adultos mayores y personas con discapacidad, para quienes consideró indispensable una "protección especial". También dispuso que, en los casos en que el corte ya se hubiera efectuado, el restablecimiento sea inmediato al comprobar que en la vivienda reside alguno de estos grupos.

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La jueza Martina Forns dispuso la medida en todo el país y ordenó restituir el servicio en hogares con menores, adultos mayores o personas con discapacidad.

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La magistrada remarcó que no corresponde cortar el suministro cuando el atraso en el pago esté ligado a una situación de precariedad económica o a condiciones particulares que impidan afrontar la deuda.

Asimismo, subrayó que la medida se alinea con lo establecido en la Constitución Nacional -en especial el artículo 41, que reconoce al agua como un bien esencial del ambiente-, con los tratados internacionales de derechos humanos y con la obligación de preservar la dignidad de las personas, evitando sanciones "excesivas o carentes de razonabilidad".

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