28/07/2025
La Cámara Federal de La Plata avaló las imputaciones contra medio centenar de funcionarios del Servicio Penitenciario Federal por una violenta represión ocurrida en 2019 en el Penal de Ezeiza. Los acusan de aplicar castigos inhumanos tras una protesta de presos.
La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el procesamiento de 52 funcionarios del Servicio Penitenciario Federal (SPF) por múltiples delitos, entre ellos torturas, falsificación de documentos públicos y otros crímenes cometidos durante una requisa violenta en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, en junio de 2019.
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QUE PASÓ
El caso investiga lo ocurrido el 9 de junio de ese año, cuando personal penitenciario intervino en el Pabellón B de la Unidad Residencial III tras una protesta de los internos por cambios en el régimen de visitas. De acuerdo con la acusación, los agentes reprimieron con golpes, disparos de munición no letal y gases lacrimógenos, incluso cuando la protesta ya había sido desactivada. Como consecuencia, varios detenidos sufrieron lesiones de gravedad.
A esa represión le siguió un régimen de aislamiento extremo: los internos fueron encerrados entre 20 y 23 horas diarias, sin acceso a comida, agua ni atención médica, en condiciones calificadas como inhumanas.
El confinamiento se extendió hasta el 13 de junio, cuando una inspección del Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles -presidido por el juez Gustavo Hornos- expuso la situación tras los reclamos desesperados de los detenidos.
Según denunció la Procuración Penitenciaria de la Nación, que actúa como querellante, recién entonces el director del módulo ordenó el fin del encierro extremo. La resolución de la Cámara deja un fuerte precedente judicial al respaldar que los hechos no solo constituyeron abusos, sino también delitos graves cometidos desde el Estado.
El penal de Ezeiza por dentro.
QUIÉNES SON LOS PROCESADOS
Entre los 52 procesados figuran altos mandos y personal operativo del Complejo Penitenciario Federal I: el jefe de día, el director de la Unidad Residencial III, integrantes del Comité de Seguridad, jefes de turno, agentes de requisa y seguridad interna. También fueron imputados miembros del Grupo Especial para la Resolución de Incidentes (GERI) y del Grupo Operativo Anti Siniestros (GOAS). En su fallo, la Cámara Federal de La Plata detalló las responsabilidades de cada uno en la cadena de mando y ejecución.
El tribunal destacó que "la normativa prohíbe los disparos directos sobre personas a corta distancia, salvo en situaciones en que no exista otra alternativa, y establece restricciones muy específicas para la utilización del gas lacrimógeno, y en especial, para autodefensa, especialmente en ambientes cerrados".
Pese a ello, cinco internos presentaban lesiones por impactos de balas de goma cuya justificación no figura en los testimonios ni en los informes penitenciarios. Los jueces subrayaron además que "los gases en cuestión fueron utilizados al inicio del procedimiento de requisa y, sobre todo, de forma inexplicable, en la celda N°10, en la que una vez cerrada, se arrojaron dichos gases a través de la mirilla de la celda y de la ventana de la celda que da al patio exterior del pabellón".
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A su vez, remarcaron que el encierro prolongado posterior representó una sanción colectiva prohibida por la ley de ejecución penal. "El régimen de sectorización implicó no solo la aplicación de una sanción prohibida por ley 24.660, por su carácter colectiva, sino también consistía en establecer una serie de condiciones degradantes e inhumanas en perjuicio de las personas alojadas en el Pabellón B de la Unidad Residencial III del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, entre el 9 y el 13 de junio de 2019, con el fin de su castigo", concluye la resolución.
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