02/06/2025

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El Gobierno vs la Justicia: apelarán al fallo que impide limitar el derecho a huelga

Por pedido de la CGT, la jueza Moira Fullana anuló la medida publicada por el Javier Milei a través de un decreto.

Sigue la polémica por la decisión de la Justicia de suspender el DNU 340/25, que limita el derecho a huelga y deja sin efectos los artículos 2 y 3 del decreto. Este último busca modificar la Ley N° 25.877, de régimen laboral.

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EL GOBIERNO SE ENFRENTA A LA JUSTICIA

Según fuentes de Casa Rosada: "Se va a apelar, pero este fallo no modifica nada. Esto es así porque todavía rige la cautelar de la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sobre la aplicabilidad de lo dispuesto en el 'Título IV TRABAJO' del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23".

La gestión libertaria le bajó el tono a la discusión, ya que consideran que la decisión judicial "no modifica nada en la práctica". Esto es así porque desde el año pasado que la limitación a la huelga está suspendida por estar dentro del mega DNU que firmó Javier Milei apenas asumió la presidencia.


La gestión libertaria se enfrenta a la Justicia.

A pesar de esta situación, en Balcarce 50 aseguraron que van a insistir con la medida. "Era previsible, sabíamos que la Justicia iba a actuar así", dijo un funcionario.

Sin embargo, especialistas expresaron que no hay otros mecanismos legales para poder hacer cumplir los artículos del DNU. La única posibilidad que tiene el oficialismo es enviar un proyecto de ley al Congreso, y lograr los apoyos necesarios.

LA POSICIÓN DE LA JUSTICIA LABORAL

Tras un pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), suspendió de manera provisoria los artículos del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, firmado por el presidente Javier Milei, que limitaban el ejercicio del derecho a huelga.

El DNU cuestionado ampliaba el listado de actividades consideradas servicios esenciales y establece nuevos límites mínimos de cobertura que debían cumplirse aun durante medidas de fuerza.


El decreto fue descartado por pedido de la CGT.

Según el artículo 3 del decreto, "en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio", mientras que para las actividades de importancia trascendental, ese piso se fijaba en el 50%.

La CGT argumentó que el DNU "reglamenta de manera restrictiva el derecho a huelga", ampliando arbitrariamente la lista de sectores obligados a garantizar servicios durante un conflicto laboral, lo que vulneraría convenios internacionales y derechos constitucionales.

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Por lo tanto, se suspende provisoriamente estos artículos mientras se resuelve el fondo de la cuestión, que representa un revés para el Gobierno nacional.

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