26/05/2025
La central obrera cuestionó la constitucionalidad del decreto 340/2025, argumentando que vulnera los derechos de millones de trabajadores. En su presentación, advirtió que "la reforma del régimen legal de la huelga no puede realizarse por decreto", sino únicamente mediante una ley debatida y aprobada por el Congreso.
Tal como lo había anunciado días atrás, la Confederación General del Trabajo (CGT) presentó este lunes una acción de amparo ante la Justicia laboral con el objetivo de suspender la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, mediante el cual el gobierno de Javier Milei busca limitar el derecho a huelga, un derecho consagrado por la Constitución Nacional.
La presentación fue realizada ante el Juzgado
Nacional del Trabajo N.º 3, a cargo de la jueza Moira Fullana, mediante un
escrito que cuestiona la constitucionalidad del decreto desde diversos ángulos.
Uno de los principales argumentos es que "la reforma del régimen legal de la
huelga no puede realizarse por decreto, sino mediante una ley sancionada por el
Congreso", en línea con lo que establece el debido proceso legislativo.
Además, el texto advierte que el DNU no solo
contraviene la legislación nacional, sino también tratados internacionales con
jerarquía constitucional, como los Convenios 87 y 98 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), la Convención Americana sobre Derechos Humanos
y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La acción judicial fue una de las vías anticipadas
por la central obrera en su reciente comunicado, donde dejó claro que el
rechazo al decreto 340/2025 se expresará "en los tribunales, en la calle o en
los lugares de trabajo", en defensa de los "derechos amenazados por el
Gobierno".
"La CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada de un Gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que tanto costó conquistar y defender", advirtió la central sindical en ese documento.
Un
DNU con antecedentes y críticas
El DNU 340, publicado el pasado miércoles en el
Boletín Oficial, regula aspectos de la Marina Mercante, pero introduce
modificaciones al capítulo de los Convenios Colectivos de Trabajo. Redefine qué
se entiende por "servicios esenciales" e incorpora el concepto de "actividades
trascendentales", limitando el derecho a huelga al exigir una cobertura mínima
del 75 % en servicios esenciales y del 50 % en los trascendentales.
Este decreto recuerda al polémico DNU 70/2023, que también
intentó avanzar sobre derechos laborales, y cuyo capítulo laboral fue luego
declarado inconstitucional.
En su presentación, la CGT sostiene que el nuevo DNU
fue dictado "sin que se verifiquen los requisitos de necesidad y urgencia que
exige el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional, en un contexto de
normal funcionamiento del Congreso". Y recuerda que dicho artículo establece
que "el Poder Ejecutivo no podrá, en ningún caso y bajo pena de nulidad
absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo".
Para la central obrera, el objetivo del decreto es
"cercenar el derecho constitucional a huelga de millones de trabajadores y
trabajadoras" y, al mismo tiempo, debilitar la acción sindical. "La limitación
del derecho a huelga debilita la capacidad de acción gremial y consolida
relaciones laborales desiguales", concluye el texto presentado ante la jueza
Fullana.
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