23/12/2024

política

La justicia de Mendoza exhortó a Venezuela a "informar de manera inmediata el paradero del Sr. Nahuel Agustín Gallo"

La Cámara Federal de esa provincia hizo lugar a un habeas corpus presentado por Gendarmería Nacional y reclaman novedades del agente detenido el 8 de diciembre.

La Cámara Federal de Mendoza hizo uso de un habeas corpus presentado por Gendamería Nacional y exhortó al Gobierno de Venezuela a informar de modo inmediato el paradero de Nahuel Agustín Gallo, el miembro de esa fuerza retenido en el extranjero acusado de "terrorismo". Además, buscan que se justifiquen los motivos de por que está preso y a disposición de las autoridades del régimen de Nicolas Maduro.

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Los jueces del Tribunal Manuel Pizarro, Gustavo Castineira de Dios y Juan Pérez Curci ordenaron a la justicia mendocina que investigue si se cometió "la posible comisión del delito de desaparición forzada de personas en perjuicio de Gallo".

El tribunal revocó un fallo de primera instancia en el cual no se había hecho lugar al habeas corpus y dispuso que se enviara una copia de la resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores argentino para notificar formalmente y por la vía diplomática al gobierno venezolano.

En el comunicado se aclara que hay que "tener presente y ratificar las presentaciones efectuadas ante los organismos internacionales que fueran efectuadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio internacional y Culto de la República Argentina".

Gallo fue detenido el 8 de noviembre.

Los jueces exhortaron a Venezuela a "informar de manera inmediata el paradero del Sr. Nahuel Agustín Gallo". En ese sentido reclamaron que las autoridades judiciales de aquel país presenten "física o telemáticamente al Sr. Nahuel Agustín Gallo ante las autoridades que designe a través de la vía diplomática el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina con el fin de ser asesorado por las mismas (art. 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares), facilitando asimismo el contacto con sus familiares".

"Nos encontramos ante una situación en la que se ha privado de la libertad a un ciudadano argentino desconociendo por el momento los motivos de la misma y cuál ha sido la autoridad competente que la ha ordenado, contraviniendo palmariamente de ese modo lo reglado por el art. 3 inc. 1° de la Ley 23.098, situación que habilita la aplicación de este instituto de excepción", explicaron los jueces.{

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"Entendemos que corresponde hacer lugar a la acción habeas corpus presentada por los representantes de la Gendarmería Nacional y proveer los medios conducentes a fin de dar con el paradero y conocer cuál es la situación procesal en la que se encuentra el mismo", finalizaron.

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