21/12/2023

El Bona

DNU: ¿Qué documentos son necesarios ahora para circular?

Según el DNU se establece que la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor.

Tras el anuncio del presidente Javier Milei ayer por la noche sobre los puntos relevantes del decreto de necesidad y urgencia (DNU), entre otras reformas y derogaciones también hay cambios en la documentación obligatoria para circular en auto en el territorio nacional.

Según el DNU se establece que la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor.

Esto será obligatorio y deberá ser exhibido a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos o podrá realizarse la denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial.


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Hasta ayer, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el comprobante de la póliza de seguro también eran obligatorios para circular. A partir del decreto ya no lo son.

Otro punto a tener en cuenta del DNU es la eliminación de la obligatoriedad de libre deuda para inscribir o transferir un vehículo.

"No podrá restringirse o limitarse la inmediata inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones por normas de carácter administrativo ajenas a los aranceles del Registro. La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro", indica el texto.

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